Documento que informa a Londres 38 que su solicitud de acceso a la información AK012T0000160, en la cual requieren 1.-Asignación de recursos a investigación e indagatorias judiciales en casos de delitos de lesa humanidad de Cuesta Barriga y caso Fuerte Arteaga (Colina) 2.- Información de estado de presupuesto ejecutado de investigación e indagatorias judiciales en caso de Cuesta Barriga y caso Fuerte Arteaga (Colina) 3.- Información del estado de la avance de la investigación (nuevos hallazgos, nuevas excavaciones, estado de la indagatoria) de casos de Cuesta Barriga y Fuerte Arteaga (Colina), fue debidamente recepcionada por la Subsecretaría de Derechos Humanos.
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Decisión de acoger el Amparo presentado por Gloria Elgueta Pinto ante el Consejo para la Transparencia a respuesta parcial o incompleta del Ejército de Chile, a la solicitud de datos acerca de la identidad del o de los oficial (es) responsables de la organización del acto deportivo en el cual se homenajeó a Miguel Krassnoff, en Octubre de 2018, en la Escuela Militar; y, el nombre de los Oficiales y Autoridades presentes en la actividad.
UntitledOficio Conductor N° E12844 del Consejo para la Transparencia a Gloria Elgueta Pinto y al Ejército notificando decisión final a amparo (Caso Rol C5975-18) interpuesto por respuesta parcial o incompleta por parte del Ejército, a solicitud de datos acerca de la identidad del o de los oficial (es) responsables de la organización del acto deportivo en el cual se homenajeó a Miguel Krassnoff, en Octubre de 2018, en la Escuela Militar; y, el nombre de los Oficiales y Autoridades presentes en la actividad.
UntitledLa colección se compone de un conjunto acotado de documentos donados por distintas personas individualizadas en las respectivas descripciones que se encuentra abierta a nuevos ingresos, cuya temática se vincula al proceso de retorno a Chile de militantes del MIR desde mediados de 1979, en el marco del llamado "Plan 78" u "Operación Retorno".
Tras el recrudecimiento de la represión dictatorial contra el MIR durante 1974 y la dificultad de reconectar la estructura partidaria disgregada tanto por las detenciones y desapariciones de sus cuadros como por la expulsión de militantes al exilio, la Comisión Política del MIR presenta el llamado "Plan 78". Esta operación buscaba fortalecer los procesos de construcción partidaria y fuerza social organizada, el despliegue de la propaganda armada en las ciudades, así como preparar las condiciones para el desarrollo de frentes guerrilleros en la cordillera de Nahuelbuta y Neltume, a fin de extender las acciones de resistencia a la dictadura.
Los documentos que componen esta colección dan cuenta de parte de este proceso histórico, reuniendo en un solo acervo algunos de los pasaportes y fotografías de militantes que hicieron parte del Plan 78 y, en particular, compañeros que integraron el Destacamento Guerrillero Toqui Lautaro, grupo que se internó en las montañas de Neltume entre 1980 y 1981 como parte de ese trabajo inicial de preparación. Además de otros registros vinculados a las distintas técnicas de clandestinidad e instrucción política militar que recibieron los militantes.
UntitledCorresponde a las páginas 58 a la 117 del libro.
Corresponde a las páginas 118 a la 177 del libro.
Sección compuesta por fotografías y documentos de los y las militantes del MIR que reingresaron a Chile de forma clandestina en el marco de la llamada Operación Retorno. Esta operación, también conocida como "Plan 78", buscaba retomar las luchas contra la dictadura cívico militar a partir del retorno de cientos de miristas que habían sido expulsados del país durante los primeros años del régimen. Para esto, se planteó la posibilidad de crear frentes guerrilleros en la zona sur del país a fin de extender las acciones de resistencia, lo cual se materializó con la creación del Destacamento Toqui Lautaro, grupo que se internó en las montañas de Neltume y de otros militantes que emprendieron acciones en otras ciudades.
UntitledPasaporte de Juan Ángel Ojeda Aguayo, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos durante su exilio en Holanda.
El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.
Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.
El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.
UntitledDagoberto Cortés Guajardo, casado, un hijo. Estudiante de Ingeniería en Minas en la Universidad Técnica del Estado (UTE) sede Copiapó.
Militante y segundo jefe del Movimiento de Izquierda Revolucionaria. Retorna a Chile en 1979 tras haber salido a Bélgica en 1977, después de su liberación del Campo de detenidos de Puchuncaví donde participó en la huelga de hambre por el montaje de las 119 personas detenidas desaparecidas.
Fue ejecutado por Carabineros el 28 de noviembre de 1982 en calle Aldunate en la ciudad de Santiago, mientras era detenida su compañera Elizabeth Rendic Olate por agentes de la CNI.
UntitledReducción de documento que introduce a la tarea de elaboración de documentos para seguridad.
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